contador gratis Rechazaron la recusación de Cristina Kirchner contra el fiscal Luciani y los jueces de la causa Vialidad - Periodista 360
  • Inicio
  • >
  • Política
  • >
  • Rechazaron la recusación de Cristina Kirchner contra el fiscal Luciani y los jueces de la causa Vialidad

Rechazaron la recusación de Cristina Kirchner contra el fiscal Luciani y los jueces de la causa Vialidad

  • por PERIODISTA 360
  • 13 de agosto, 2022

Lo hizo el tribunal oral que juzga el caso. Dijo que el planteo carece de “elementos de prueba que permitan validarla y otorgarle los efectos jurídicos que se pretende”.


El Tribunal Oral Federal 2 rechazó ayer a la noche la recusación que la vicepresidenta de la Nación, Cristina Kichner, presentó contra uno de dos sus integrantes, los jueces Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini, y contra el fiscal Diego Luciani por su supuesta amistad al integrar un equipo de fútbol que jugó torneos en la quinta “Los Abrojos” del ex presidente Mauricio Macri. Según consignó Infobae, también fue rechazada la recusación contra el fiscal Sergio Mola.

La defensa de Cristina Kirchner, principal acusada en el juicio oral por la obra pública que recibió el empresario Lázaro Báez, recusó a Giménez Uriburu por parcial y a Luciani por pedida de objetividad. A eso planteo se sumaron las defensas de Báez y de los ex funcionarios Julio De Vido, Carlos Kirchner y Nelson Periotti. Este último también recusó a Mola por una visita a la Casa Rosada y porque a su jura como fiscal asistieron funcionarios públicos del PRO.

Todas las recusaciones habían quedado planteadas ayer al mediodía tras una audiencia en la que las defensas de varios de los imputados expusieron los motivos por los cuales creían que la objetividad de los magistrados estaba en tela de juicio. “Creo que estamos ante una situación realmente muy grave que debe ser analizada en su conjunto. Todo esto ha herido de muerte la credibilidad de este juicio”, indicó el abogado Carlos Beraldi, defensor de CFK.

“Luego de haberse analizado los limitantes normativos relativos a la recusación intentada -su evidente extemporaneidad y la inaplicabilidad del supuesto reclamado en virtud de la regla del artículo 56 del Código Procesal Penal de la Nación-, resta señalar que, tras sustanciarse las recusaciones planteadas, tampoco encontramos configurado el grado de amistad al que alude la norma cuando dispone el apartamiento de jueces y magistrados en función de su vínculo con los interesados en el proceso”, sostuvieron Gorini y Basso.

“En efecto, tanto el doctor Luciani como el doctor Giménez Uriburu han dado cuenta de los pormenores de la relación que los une, explicando los espacios en los que han coincidido en el pasado y también los límites que enmarcan su vínculo. En base a la información que aportaron en la audiencia llevada a cabo en el día de la fecha y en el escrito presentado, respectivamente, nos encontramos ante la evidencia de que la ‘íntima amistad’ por la que las defensas pretenden su recusación no es más que un relato construido sobre la base de imágenes de las que difícilmente pueda colegirse esa conclusión”, concluyeron los jueces en el fallo al que accedió Télam.

4D Producciones