El Ejecutivo reiteró su posición de que el decreto no requiere intervención judicial, argumentando que su trámite ya está en el Congreso.
El Gobierno ha apelado ante la Corte Suprema el fallo de la Cámara del Trabajo que anuló el capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23.
En la apelación se destaca: “No surge de la sentencia recurrida, ni de las constancias de la causa, argumento alguno sustentado en prueba, que indique de qué manera la vigencia del DNU restringe o menoscaba los derechos en materia de libertad sindical que ostenta la actora”, la CGT.
El escrito también niega que el DNU afecte “los trabajadores que la actora dice representar” y se pregunta “por qué considera que una norma que beneficia a la mayor parte de la población nacional afecta los derechos” de la central sindical.
El Gobierno sostiene que la decisión del DNU no está sujeta al control del Poder Judicial porque esa función le corresponde al Congreso.
“Si fuera voluntad del Congreso de la Nación dejar sin efecto o modificar lo establecido en el Decreto 70/23 lo podrían hacer sin ningún impedimento porque, actualmente, el trámite del DNU se encuentra en su ámbito para su tratamiento”, afirma el escrito.
Además, justifica la existencia de lo que, a su criterio, fueron razones de necesidad y urgencia para emitir el decreto.
“La imposibilidad de cumplir con el trámite ordinario para la sanción de las leyes es una cuestión que remite a cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, lo cual es de valoración estrictamente política”, afirma el documento.
“El Presidente fue elegido por la mayoría del pueblo argentino para ejercer como Jefe Supremo de la Nación y Jefe del Estado. (…) Coartar sus atribuciones, tratando de imponerle un modelo de gestión no es solo ir en contra de la voluntad popular sino que, también, va en contra de la validez del texto constitucional y los principios que surgen del mismo”, insiste.
El expediente pasará esta semana a estudio de la Corte Suprema, que no tiene tiempos establecidos para pronunciarse.