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Ley de Alquileres: los puntos clave tras la media sanción en Diputados

  • por Periodista 360
  • 20 de noviembre, 2019

El proyecto propone que los ajustes en los contratos se realicen por las variaciones mensuales de la inflación y la variación de los salarios de los trabajadores registrados.

Tras varias horas de debate, la Cámara de Diputados dio media sanción este miércoles al proyecto de Ley de Alquileres, mientras que aún continúan las exposiciones sobre la Ley de Góndolas. La norma aprobada sobre los contratos de vivienda establece un nuevo plazo mínimo de 3 años y una actualización del precio anual que seguirá a una fórmula que combine precios y salarios.

La votación fue cerca de las 17 y tuvo como resultado 191 votos afirmativos, ninguno en contra y 24 abstenciones. Así, la iniciativa se encuentra en condiciones de pasar al Senado, que podrá tratarlo en sesiones extraordinarias en caso de que así lo solicite el próximo jefe de Estado, Alberto Fernández.

Las principales modificaciones que se aplicarán si el Senado da luz verde:

– Los ajustes en los contratos deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales de la inflación, según el índice de precios al consumidor que mide el Indec, y de los salarios, de acuerdo con el índice Ripte.

– Los contratos de alquiler se extenderán por un plazo mínimo de tres años. Por lo tanto, se extiende a un año más con respecto al plazo actual.

– Las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario. Solo estarán a cargo del inquilino las expensas que incluyan los gastos habituales, que se vinculan a los servicios normales y permanentes independientemente de como sean considerados (expensas comunes ordinarias o extraordinarias).

– Se achicará el depósito de garantía a un mes de alquiler. Una vez finalizado el contrato, se devolverá una suma equivalente al precio del último mes o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.

– Se contemplarán diversas opciones para facilitar las garantías para los inquilinos, no sólo a través de la garantía inmobiliaria. Entre ellas, aval bancario; seguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (se documenta con recibo de sueldo o certificado de ingresos). El inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar una de las propuestas.

– Los inquilinos y propietarios deberán pagar las comisiones inmobiliarias correspondientes. En el caso de que intervenga un solo corredor inmobiliario, que es lo más habitual, ambos le deberán una comisión. Este era el punto que generaba más conflicto con las cámaras inmobiliarias, porque en los primeros borradores del proyecto se eliminaba la opción de cobrar comisión a los inquilinos.

 

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