Según dicta la Constitución, se podrá revocar la decisión de Macri en el Congreso. Los legisladores cuentan con diez días hábiles.
Luego de que el presidente Macri vetara la ley que ponía un freno al aumento de las tarifas en los servicios públicos, a la oposición sólo le queda un procedimiento especial para revocar la decisión en el Congreso.
Según el artículo 83 de la Constitución Nacional, tras descartar una ley sancionada en el Congreso de la Nación, el proyecto debe volver a la cámara de origen, (en este caso, la de Diputados).
En la cámara, la oposición necesita juntar dos tercios de los votos emitidos y, de confirmarse, deberá completarse el mismo procedimiento en la Cámara de Revisión (la de Senadores).
“Si ambas Cámaras lo sancionan por igual mayoría, el proyecto es ley y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación”, destaca el artículo.
Para rechazar un veto, el Congreso tiene 10 días hábiles, por lo que será clave la negociación entre bloques.
El texto constitucional además establece que las “votaciones de ambas Cámaras serán en este caso nominales, por sí o por no; y tanto los nombres y fundamentos de los sufragantes, como las objeciones del Poder Ejecutivo, se publicarán inmediatamente por la prensa”. Por otra parte, el proyecto no podrá volver a tratarse en las sesiones de aquel año.
Sin embargo, de volverse a debatir en el 2019, ahí Macri no podrá vetarlo si se sanciona.
De todas maneras, ningún legislador confirmó por el momento la intención de evitar el veto.