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Alberto Fernández ordenó suspender la suba a prepagas

  • por PERIODISTA 360
  • 1 de enero, 2021

Menos de 24 horas después de su autorización, el Gobierno decidió retrotraer la medida que autorizaba un alza de 7% en las cuotas a partir de febrero.


En menos de 24 horas el Gobierno nacional decidió marcha atrás con la autorización a las empresas de medicina prepaga para que incrementen el valor de los planes un 7% a partir de febrero próximo.

Mediante un Suplemento del Boletín Oficial publicado a las 16 horas del último día del año, el Ministerio de Salud publicó la Resolución 2988/20201 que lleva la firma del ministro Ginés Gonzalez García en la que en el primero de sus artículos señala que se deja “sin efecto la Resolución N° 2987 de fecha 30 de diciembre de 2020 del Ministerio de Salud”.

La medida a la que hace referencia también lleva la firma del ministro González García y también había sido publicada hoy en el Boletín Oficial y daba cuenta del incremento del valor de los planes a partir de febrero próximo con un techo de 7 por ciento.

En los considerandos de la norma que frena los aumentos se hace referencia a que se tomó “por expresa decisión del Sr. Presidente de la Nación”, Alberto Fernández, y no hace referencia a cuándo se podría volver a autorizar el incremento.

La norma, cuya vigencia fue efímera, establecía que se autorizaba a todas las empresas inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) “un aumento general, complementario y acumulativo de aquel que ha sido aprobado para el mes de diciembre de 2020 mediante la Resolución Nº 1787/20, de hasta un SIETE POR CIENTO (7 %) a partir del 1º de febrero de 2021″.

Asimismo mediante la citada resolución “se dispuso un incremento para los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga respecto de los valores retributivos de las prestaciones médico-asistenciales brindadas a sus beneficiarios y usuarios por los prestadores inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, de un SIETE POR CIENTO (7%) con relación a los valores vigentes”.

Las empresas asociadas a la Cámara de Instituciones Médico Asistenciales de la República Argentina (CIMARA) y la Asociación de Entidades de Medicina Privada (ADEMP) viene solicitando que se las autorice a realizar aumentos desde hace meses. En el que se aplicó durante diciembre desde la Superintendencia de Salud había dicho que iba a ser de 15% y finalmente fue del 10%. Algo similar fue en este aumento que ahora se suspendió en donde habían adelantado que iban a autorizar 10% y finalmente fue de 7 por ciento.

Desde la Cimara habían informado “el impacto que les ha causado el incremento de los costos del sector, especialmente en el delicado contexto de atención de la pandemia suscitada a principios de 2020 y que ha demandado esfuerzos inusitados del personal de salud”, por lo que requirieron a la Superintendencia de Servicios de Salud que autorizara nuevos aumentos.

En este sentido, las entidades del sector también “han expresado su preocupación por el estado crítico en que se encuentran la mayoría de los prestadores y enfatizado la necesidad de incrementar los valores retributivos que perciben por las prestaciones que brindan, a fin de paliar dicha situación y garantizar su continuidad”.

Si bien las cuotas de la medicina privada no habían registrado suba alguna hasta este mes, el sector recibió algunos beneficios por parte del Gobierno para llevar adelante su actividad durante la pandemia. En primer lugar, por tratarse de una actividad considerada esencial, las empresas de salud estuvieron incluidas en el Programa ATP, por lo que el estado absorbió el pago de una parte de los salarios de sus empleados.

Asimismo, en el inicio de la lucha contra el coronavirus, el Poder Ejecutivo dictó el decreto 300/2020, destinado a beneficiar a los “empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud”. A través de esa normativa, que estuvo vigente hasta fines de noviembre, las empresas estuvieron eximidas del pago de contribuciones patronales y pagaron una alícuota menor del impuesto a los débitos y créditos bancarios, conocido como “impuesto al cheque”.

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