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Boletín Oficial: derogaron los protocolos para el uso de armas de fuego y pistolas Taser

  • por PERIODISTA 360
  • 24 de diciembre, 2019

Según el nuevo Ministerio de Seguridad “convierte en extremo cualquier enfrentamiento y estimula el uso de armas por parte del personal de las fuerzas policiales”.

El Ministerio de Seguridad, ahora a cargo de Sabina Frederic, derogó la resolución 395/2019 sobre el uso de pistolas Taser para las fuerzas policiales y de seguridad federales. También la resolución 2019-845 que faculta a la Policía a solicitar el DNI a los pasajeros de ferrocarrilles bajo el “Programa Ofensores en Trenes”.

El uso de las tasers, aseguró el gobierno, “convierte en extremo cualquier enfrentamiento y estimula, por ende, el uso de armas por parte del personal de las fuerzas policiales y de seguridad y por parte de quienes pretendan delinquir”.

Y agregan: “Este aumento de la violencia genera una situación de mayor peligro para el personal policial, para quienes delincan y para terceras personas que se encuentren en las inmediaciones”.

“Derógase la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° RESOL-2018-956-APN#MSG del 27 de noviembre de 2018, por la que se aprobara el Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad”, dice la resolución publicada este 24 de diciembre en el Boletín Oficial.

El 7 de mayo de este año, la entonces ministra Patricia Bullrich instruyó a los jefes de las cuatro fuerzas federales a que implementen cursos de capacitación para el uso de pistolas Taser.

El antiguo reglamento autorizaba a emplear estas armas “para inmovilizar, proceder a la detención o para impedir la fuga de quien manifieste peligro inminente de lesionar a terceras personas o de auto lesionarse“.  A su vez, habilitaba su uso en caso de legítima defensa o de terceras personas, y para impedir la comisión de un delito de acción pública.

La nueva resolución indica que el uso de estas pistolas contradice el “Código de Conducta para Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley”, que “establece que en el desempeño de sus tareas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas; y que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario”.

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