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Cómo se gestiona el crédito a tasa cero para monotributistas

  • por Periodista 360
  • 30 de abril, 2020

AFIP dispuso por medio de una resolución general publicada en el Boletín Oficial crear el servicio «web» denominado «Crédito Tasa Cero» para aquellos interesados.


Los monotributistas y autónomos interesados en obtener un crédito a tasa cero, podrán gestionar ese préstamo entre el 4 y el 29 de mayo a través de la página de la AFIP, dispuso hoy el organismo.

Se trata de un crédito por hasta $ 150.000, en tres cuotas y que empezarán a devolverse a partir de octubre, en 12 cuotas sin interés. Está dirigido a monotributistas y autónomos que aún no recibieron asistencia estatal por la cuarentena.

El ente recaudador publicó a través del Boletín Oficial, la Resolución General 4707/2020 que crea el servicio web «Crédito Tasa Cero», que forma parte del «Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción».

Estos son los pasos para solicitarlo:

1- Ingresar al sitio de la AFIP con Clave Fiscal
2- Hacer click en la solapa “Crédito Tasa Cero”
3- Informar el monto total pretendido. El sistema le indicará el mínimo y máximo del crédito al que podrá acceder de acuerdo a su categoría.
4- Indicar el número de su tarjeta de crédito donde se acreditarán los tres tramos mensuales del préstamo. Si no posee una deberá informar cuál es la entidad bancaria elegida para tramitar el crédito.

Todos los datos cargados serán remitidos al Banco Central para su verificación. El sistema indicará al monotributista si hubo un rechazo y los motivos por los cuales se deniega el crédito.

IMPORTANTE

?Para solicitar el crédito las personas necesitan una Clave Fiscal (nivel de seguridad 2) y haber registrado el domicilio fiscal electrónico -correo y teléfono establecidos como canal de contacto- en la web de la AFIP.

?Pago del monotributo: Las entidades bancarias sumarán a cada uno de los tramos desembolsados, el monto equivalente a la obligación mensual, y destinarán esos recursos directamente al pago del vencimiento.

?Quienes estén adheridos al débito automático deberán solicitar un “stop debit” por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad.

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