Se trata de una particular norma de tránsito que solo se aplica en una de las provincias de la Argentina: cuál es.
Con el verano a la vuelta de la esquina, las personas comienzan a cambiar el abrigo por prendas más livianas y es entonces cuando surge una particular duda: ¿se puede manejar con ojotas o sandalias?
Si bien a nivel nacional en la Argentina no existe ningún tipo de prohibición en cuanto al calzado permitido para circular en automóviles, en Mendoza esta norma se aplica y las penas por incumplirla llevan a los conductores a evitar estas vestimentas.
La provincia cuyana, en su Ley de Tránsito 9024 (se reglamentó en 2018), obliga a quienes van al volante de un auto a «usar calzado apropiado, apto para el manejo y control de los pedales». También aclara que «debe ser cerrado y de suela antideslizante», y que «solo se permite calzado abierto si ajusta todo el pie».
En Mendoza se la considera una falta leve, por ende se sanciona con 100 Unidades Fijas. Actualmente, el valor de cada UF es de $127, por lo que la multa por manejar en ojotas o sandalias asciende a $12.700.
Los peligros de un calzado inadecuado al volante
A la hora de conducir, en lo posible el calzado tiene que ser cerrado y estar bien sujeto a los pies, sin hacer «juego». Esto permitirá acelerar y frenar con mayor precisión y rapidez.
Cualquier tipo de calzado abierto, como una ojota o una sandalia, hará que el conductor pierda el contacto ideal con los pedales. Así, podría realizar una presión extra con el pie y eso generaría maniobras bruscas, por ende peligrosas.
Las ojotas, además, suponen un riesgo extra: al no estar sujetas a la parte trasera del pie, pueden llegar a provocar un enredo o una traba.
A su vez, los especialistas recomiendan no manejar descalzos, ya que los pies no tienen buena adherencia a los pedales. Si no tienen un buen agarre, la pisada podría ser problemática. Sin calzado, la sensibilidad es otra.
Con información de TN