El contenido que se intercambie en estas instancias será “secreto y confidencial”, según detalla el texto.
El Ministerio de Seguridad de la Nación oficializó la creación de las Mesas de Intercambio de Información para la Prevención, Investigación y Castigo del Narcotráfico, una herramienta destinada a fortalecer la coordinación interjurisdiccional en la lucha contra el crimen organizado vinculado al tráfico de estupefacientes.
La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 430/2025, y responde a la necesidad de articular esfuerzos entre fuerzas federales y provinciales, el Poder Judicial y organismos especializados, bajo un esquema de trabajo conjunto. El contenido que se intercambie en estas instancias será “secreto y confidencial”, según detalla el texto.
En este marco, se pone en marcha un mecanismo de articulación operativa y estratégica, del que participarán jueces federales, fiscales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La representación del Ministerio Público Fiscal será coordinada por la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR).
La resolución destaca que el crimen organizado tiene un carácter “pluriofensivo y transnacional”, y plantea la necesidad de una respuesta transversal y eficaz por parte del Estado. “La complejidad del crimen organizado evidencia la necesidad de una respuesta coordinada y efectiva”, sostiene el documento oficial.
Además, se dispuso la creación de una Comisión Técnica de Investigación de Narcotráfico, integrada por funcionarios del Ministerio de Seguridad, pertenecientes a áreas como la Secretaría de Lucha contra el Narcotráfico y la Criminalidad Organizada, la Secretaría de Seguridad Nacional y la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios. Este cuerpo tendrá el rol de auxiliar de la Justicia, brindando apoyo técnico y garantizando la confidencialidad de la información.
Para la coordinación general de las mesas, se designó a Fernando Oscar Soto, quien tendrá facultades para ordenar la producción de documentos, definir la frecuencia y modalidad de las reuniones, y moderar los debates. Según el artículo 4°, también deberá citar a los funcionarios correspondientes y dirigir la elaboración de protocolos o documentos de trabajo.
Por último, la medida no implicará erogaciones presupuestarias adicionales, lo que permitirá su implementación inmediata. La normativa entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.