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El Gobierno oficializó la ley de movilidad jubilatoria

  • por PERIODISTA 360
  • 4 de enero, 2021

La nueva fórmula de cálculo de haberes no tiene en cuenta la inflación. Combina en un 50% la recaudación de la ANSeS y en otro 50% la variación salarial.


La nueva fórmula para la movilidad jubilatoria que no tiene en cuenta a la inflación, fue sancionada el último martes y se oficializó tras el anuncio del presidente Alberto Fernández en Chapadmalal. La actualización de haberes combina en un 50% la recaudación de la Anses y en otro 50% la variación de los salarios, que surge del porcentaje más alto entre el medido por el INDEC y el índice RIPTE que realiza el Ministerio de Trabajo.

Lay ley se promulgó a través del decreto 1/2021 publicado en el Boletín Oficial y determinó que las actualizaciones en jubilaciones, pensiones y asignaciones se aplicarán trimestralmente a partir del 1° de marzo. Abarcarán además a los haberes correspondientes a junio, septiembre y diciembre.

El cálculo de haberes jubilatorios es similar al que se utilizaba durante el primer mandato presidencial de Cristina Kirchner, en 2008 y que se mantuvo en vigencia hasta 2017.

El Presidente dijo cuando anunció la promulgación de la ley que está “muy contento de que el decreto número uno del año sea para los jubilados” y cerró: “Los que se quejan de que no sostuvimos la fórmula de la gestión anterior son los mismos que hicieron caer el 20% el ingreso real de los jubilados”.

El mandatario sostuvo que la nueva fórmula “en términos reales hará crecer el 20% de los ingresos”.

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