Trabajo creó una comisión para que elabore un informe en el que se analice si las condiciones para este tipo de regímenes previsionales son las correctas
El Ministerio de Trabajo creó una «Comisión Técnica Permanente» para auditar los regímenes de jubilación diferenciales ya que consideró que al momento de crearse las normas que los rigen no se contemplaron ciertas situaciones que con el tiempo y los cambios tecnológicos «han mutado».
La Comisión se encargará de elaborar en el plazo máximo de un año “un informe sobre las actividades o tareas que merecen ser objeto de un régimen previsional diferencial, consignando los respectivos requisitos de edad, servicios y cotizaciones adicionales”, de acuerdo a la resolución 194/2018 de dicho Ministerio, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Los regímenes especiales previsionales son los mal llamados «de privilegio» y los perciben las personas que se jubilan a menores edades porque la realización de tareas penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres tienen un impacto directo en su expectativa de vida y la acortan. También están incluidos los docentes, profesores universitarios e investigadores científicos a quienes se le exigen aportes mayores o descuentos sobre el sueldo del 13%, dos puntos más que el régimen general.
La necesidad de revisar la normativa que manifiesta la cartera laboral se basa en que “la mayoría de las normas que establecen regímenes diferenciales se sancionaron entre las décadas de los años sesenta y ochenta, por lo que tienden a proteger determinadas actividades en función de las condiciones imperantes en la estructura económica y del mercado de trabajo de esos tiempos, las cuales en determinados casos han mutado, no sólo como consecuencia del paso del tiempo sino, principalmente, por los cambios sustanciales que la tecnología y la ciencia introdujeron en la forma y en las condiciones de labor”.
En este marco, advierten sobre la importancia de «evaluar situaciones hasta el momento no contempladas, de acuerdo a una metodología uniforme, razonable y transparente”. Esta Comisión estará a cargo a del Secretario de Seguridad Social e integrada por 2 representantes titulares y 1 alterno de dicha Secretaría, 2 representantes titulares y 1 alterno de la ANSeS, por 2 representantes titulares y 1 alterno de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. .
La resolución aclara que “cuando se analice cada régimen diferencial en particular, la Comisión se integrará, asimismo, con 2 representantes titulares y 1 alterno de las asociaciones sindicales con personería gremial y con 2 representantes titulares y 1 alterno de las organizaciones de empleadores del respectivo sector de actividad”.