El fiscal ante la Cámara Federal, Germán Moldes, respaldó la apelación que hicieron Carlos Stornelli y Carlos Rívolo.
El fiscal ante la Cámara Federal Germán Moldes sostuvo la apelación que hicieron los fiscales Carlos Stornelli y Carlos Rívolo del procesamiento que dictó el juez Claudio Bonadio en la investigación de corrupción iniciada a partir de los cuadernos del chofer Oscar Centeno.
El juez Bonadio consideró jefa de la asociación ilícita a Cristina Kirchner y la procesó con prisión preventiva, a la espera de que el Senado de la Nación le quite sus fueros para proceder a detenerla. En este contexto, Moldes solicitó que una vez confirmada la resolución por la Cámara, se le quiten los fueros a la ex mandataria y sea detenida de manera “inmediata”.
El fiscal inició su escrito, presentado antes los jueces de la Sala I de la Cámara Federal, señalando que no hay demasiadas diferencias entre los fiscales y la decisión de Bonadio: “De la lectura de los agravios de los recurrentes se advierte que el disenso entre la posición del Juez y la del Ministerio Público es mínimo. Básicamente se limita a la calificación legal asignada a una parte de los hechos, los tipos penales aplicables y el rol desempeñado por algunos de los integrantes de la asociación delictiva”, dijo Moldes.
Moldes respaldó todo lo solicitado por los fiscales quienes pidieron que los imputados sean acusados del delito de cohecho (coimas) y no por el de dádivas. “A la luz de los hechos expuestos en las presentes actuaciones -señaló- parece absurdo suponer que los empresarios que acordaron con los más altos funcionarios del gobierno entre los años 2003 y 2015 y que se beneficiaron con ello –cartelización de la obra pública– simplemente hayan obsequiado dinero a los funcionarios en el sentido definido por la norma legal cuestionada“.
Para Moldes se pagaron coimas y no dádivas:“…los pagos efectuados no tenían, por cierto, el carácter de una mera dación, o como homenaje al funcionario y sin esperar contraprestación o acto por parte del agente que recibe; sino que demuestran la clara existencia de un acuerdo venal y corrupto entre empresarios y funcionarios públicos, a fin de obtener de ambos lados un lucro indebido; el funcionario provecho patrimonial en función del cual liberaba un pago; adjudicaba una obra, extendía una concesión o la obtención de subsidios”.