El máximo tribunal del país se hizo eco de las denuncias de distintos sectores contra las supuestas violaciones a los derechos humanos en esa provincia.
La Corte Suprema de Justicia intimó hoy al gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, a que informe si sigue funcionando el centro de aislamiento al que eran trasladados y aislados los casos sospechosos de haber contraído coronavirus, así como sus contactos estrechos.
En el pedido de informes, el máximo tribunal también solicitó que se consigne si existen más establecimientos como ese, y exhortó al Gobierno provincial a llevar adelante un protocolo anticontagios respetando los Derechos Humanos.
El gobierno formoseño había sido acusado por la oposición de llevar adelante una política de prevención sanitaria ante la emergencia por Covid-19 reñida con los derechos humanos, debido al aislamiento compulsivo de sospechosos portadores de Covid y sus contactos estrechos en el Estadio Polideportivo Cincuentenario, en condiciones de hacinamiento, sin la menor medida de distanciamiento social entre sanos y contagiados.
Concretamente, los ministros de la Corte reclamaron saber si «el Centro de Atención Sanitaria ubicado en el ‘Estadio Polideportivo Cincuentenario’ ha sido desactivado de manera definitiva, o si se trata de una resolución condicionada a la reducción en el nivel de contagios» y, en dicho caso, «bajo qué pautas se procedería a su reapertura».
A su vez, la Corte consultó «si subsisten en actividad otros centros de internación que funcionen bajo las mismas condiciones» que las referidas por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Formosa respecto del Estadio Polideportivo Cincuentenario.
Por otra parte, preguntaron si el funcionamiento de esos centros cumple con «los protocolos para la protección de derechos humanos que deben respetar las autoridades provinciales que controlan y aplican la regulación sanitaria, incluso respecto de quienes cumplan cuarentenas domiciliarias».
En esta sintonía, el máximo tribunal instó al Gobierno formoseño a «llevar a cabo el control y prevención de la propagación del virus COVID–19 con arreglo a los estándares constitucionales y convencionales concernientes a los derechos humanos», así como de «brindar efectivo amparo a las personas cuyos derechos se ven amenazados o han sido ya vulnerados».
El caso de Formosa llegó a la Corte Suprema por un planteo de hábeas corpus presentado por el senador radical Luis Naidenoff.
El 11 de febrero, una fiscal de Estado de Formosa informó que el Centro de Atención Sanitaria ‘Estadio Polideportivo Cincuentenario’, el cual fue habilitado ante la irrupción de brotes epidemiológicos en diferentes localidades de la provincia, llegando a internar a 200 pacientes asintomáticos o con síntomas leves, fue desactivado por la merma en el nivel de contagios.
En su resolución, la Corte Suprema subrayó que «las medidas que se adopten para hacer frente a la pandemia y conlleven la regulación de derechos fundamentales deben ser limitadas temporalmente, legales, ajustadas a los objetivos definidos conforme a criterios científicos, razonables, estrictamente necesarias y proporcionales».