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La Justicia determinó que un jubilado no puede cobrar menos de 70% de lo que ganaba trabajando

  • por Periodista 360
  • 20 de septiembre, 2018

En la actualidad el porcentaje se ubica en un 50%, promedio. ANSES va a apelar ante la Corte Suprema.


Mediante la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, se determinó que un jubilado no puede tener una jubilación menor al 70% del sueldo promedio que cobró durante sus últimos diez años de actividad laboral.

El fallo previsional estableció que el cálculo inicial de los haberes, conocido como tasa de sustitución, no debería ser menor a ese porcentaje, que actualmente se ubica en un 50% promedio. Además, la Sala II determinó que los cálculos de movilidad jubilatoria deberán aplicarse luego del cálculo de ese 70% de haber inicial.

Ante dicha decisión, ANSES apelará ante la Corta Suprema. Solo en caso de que el Alto Tribunal no lo rechace podría sentar un precedente para otra ola de juicios contra el Estado ya que abriría las puertas de los tribunales a quienes hubieran iniciado su etapa pasiva sin recibir una prestación equivalente al 70% del promedio de sus últimos 120 salarios.

La tasa de sustitución es la relación entre el sueldo que recibía un trabajador y su haber inicial, y se calcula a partir de varias fórmulas que toman en cuenta los aportes que hizo a lo largo de su vida laboral activa.

Por otra parte, la Cámara consideró que teniendo en cuenta que el salario promedio entre los trabajadores en blanco fue de $29.598 y el haber mínimo es de $8.636, eso representa “el 29,18% de aquel promedio, muy lejos de una tasa de sustitución razonable”.

 

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