Lo hizo a través de la resolución general 4822 publicada en el Boletín Oficial, que consideró que “resulta aconsejable extender hasta el 31 de octubre, la vigencia transitoria respecto de la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable, correspondientes al régimen de facilidades de pago”.
Por otra parte, la AFIP dispuso también que será obligatorio utilizar el servicio de Presentaciones Digitales hasta el 31 de octubre próximo, a través de la resolución general 4823.
La renovación de la medida apunta a facilitar la realización de distintos trámites en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO).
El servicio de Presentaciones Digitales cuenta con más de 80 gestiones habilitadas, y la obtención de la CUIT para personas jurídicas fue el último trámite incorporado.
Para utilizar el servicio es necesario contar con clave fiscal y domicilio fiscal electrónico, registrado y confirmado.
La normativa también exime a los contribuyentes de la obligación de registrar sus datos biométricos hasta finales de octubre.
La normativa extendió, además, la posibilidad de solicitar o recuperar la clave fiscal nivel 3 por medio de cajeros automáticos habilitados.