Fue publicado hoy en el Boletín Oficial en la decisión que acordaron tanto el ministerio de Salud como de Empleo y Seguridad Social. La norma afirma que podrán ser convocados “independientemente de su edad y la condición de riesgo, transcurridos los 14 días”.
Luego de las restricciones y de apoyar al teletrabajo de ser posible, el Gobierno dispuso hoy que los empleados puedan convocar a aquellos trabajadores que hayan recibido cualquiera de las vacunas contra el covid-19, luego de que hayan pasado 14 días de la primera dosis.
La decisión fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través de la Resolución Conjunta 4/2021, del ministerio de Salud con el ministerio de Empleo y Seguridad Social, con la firma de los titulares de esas carteras, Carla Vizzotti y Claudio Moroni, respectivamente.
Los trabajadores podrán ser convocados por los empleadores “independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos los 14 días de la inoculación”, agregó el texto.
Sin embargo, tanto para la administración pública como para el sector privado rige la recomendación de promover las actividades que permitan el teletrabajo, con el fin de reducir la circulación de personas frente al avance de la segunda ola de coronavirus.
El Boletín Oficial aclara que quienes optaron por no vacunarse y hayan tenido la posibilidad de acceder a la vacunación, “deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudieren originar a los empleadores o empleadoras”.