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8 de noviembre, 2025
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La reforma laboral aún no está definida y el Gobierno aclara que no habrá tope en las indemnizaciones

  • por PERIODISTA 360
  • 8 de noviembre, 2025

Las propuestas fueron elaboradas por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, junto al equipo de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.


En medio de múltiples versiones sobre su contenido, la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional comenzó a generar debate antes de su presentación oficial. El proyecto aún está en revisión y no existe una versión definitiva. La intención es presentarlo a mediados de diciembre ante el Congreso, tras los acuerdos iniciados el 24 de junio entre funcionarios, gobernadores, legisladores, empresarios y la CGT.

Las propuestas fueron elaboradas por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, junto al equipo de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, encabezado por el secretario de Trabajo, Julio Cordero.

Se mantiene la indemnización tradicional

Desde el Consejo de Mayo aclararon que el proyecto mantiene la indemnización por despido equivalente a un mes por año trabajado, sin un tope máximo. Precisaron que sólo se mantiene el límite sobre la base de cálculo, “tal como ya ocurre hoy”, y aseguraron que habrá “cero perjuicio al trabajador”.

Tensiones con la CGT

La difusión de versiones preliminares generó malestar en el sindicalismo. La CGT denunció que ninguna de las ideas trascendidas fue consensuada y advirtió que no aceptará medidas similares a las del DNU 70. Desde el Consejo confirmaron que el representante de la central obrera, Gerardo Martínez (UOCRA), rechazó las propuestas presentadas en la mesa de diálogo.

Principales puntos del proyecto

Entre los aspectos confirmados por las fuentes del Consejo se destacan:

  • Limitación de la “ultraactividad” de los convenios colectivos, que seguirá vigente sólo para las cláusulas normativas (condiciones laborales), mientras que las obligacionales (aportes o compromisos de empleadores) caducarán al vencimiento.

  • Prioridad de los acuerdos por empresa o regionales sobre los convenios generales de actividad, con el fin de actualizar condiciones y salarios según la realidad de cada sector.

  • Reglamentación del derecho de huelga, con la redefinición de servicios esenciales y mínimos de cobertura (75% en servicios críticos y 50% en trascendentales).

  • Limitación de las cuotas solidarias sindicales: no podrán aplicarse descuentos a trabajadores no afiliados sin su consentimiento.

  • Incorporación de salarios variables o dinámicos, vinculados a la productividad, mérito o desempeño de la empresa.

  • Delimitación del ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo, excluyendo a la administración pública, el régimen de casas particulares, el trabajo agrario y las contrataciones por plataformas digitales.

Cambios administrativos y en la jornada laboral

La iniciativa incluye la creación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como organismo único de registro laboral, con el objetivo de simplificar trámites y reducir costos para las pymes.

Además, introduce la figura del banco de horas y la posibilidad de calcular la jornada laboral por promedios semanales, siempre dentro de los límites legales. También habilita el fraccionamiento de vacaciones en períodos mínimos de siete días, previo acuerdo entre las partes.

Formación y nuevas reglas de contratación

La reforma contempla un capítulo especial sobre formación profesional y capacitación continua, orientado a mejorar la empleabilidad y adaptación tecnológica del personal.

En materia de subcontratación, se precisan los casos en los que habrá responsabilidad solidaria, limitándola a incumplimientos verificables del contratista.

Finalmente, el texto mantiene el principio de la norma más favorable al trabajador, aunque con reglas de interpretación “más objetivas”, para reducir la litigiosidad laboral y fomentar la inversión.

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