La iniciativa del oficialismo plantea cambios en el régimen penal tributario y en el esquema de declaración del impuesto a las Ganancias.
La Cámara de Diputados aprobó la semana pasada el proyecto de ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que propone modificar de manera sustancial la relación entre el Estado y los contribuyentes, mediante cambios en el régimen penal tributario, los procedimientos de fiscalización y el sistema de declaraciones juradas.
Aunque en el debate público la propuesta fue asociada con la posibilidad de declarar los llamados “dólares del colchón”, el texto no establece un blanqueo de capitales ni introduce modificaciones en la estructura del Impuesto a las Ganancias. Su objetivo central es simplificar trámites, reducir la carga administrativa y focalizar los controles fiscales.
A continuación, los principales puntos del proyecto:
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Principio de Inocencia Fiscal
La iniciativa parte de la premisa de que los contribuyentes deben ser considerados cumplidores, salvo prueba en contrario. La administración tributaria deberá concentrar controles y acciones penales en casos con evidencia concreta de incumplimientos relevantes o conductas dolosas, dejando de lado presunciones automáticas. -
Cambios en el régimen penal tributario
Se actualizan los montos mínimos que determinan cuándo una infracción pasa de ser administrativa a penal, ajustándolos por la inflación acumulada desde 2017. Se mantiene la posibilidad de evitar la denuncia penal mediante el pago total de la deuda e intereses, aunque este beneficio solo podrá utilizarse una vez por contribuyente. -
Dolo como requisito para la denuncia penal
No se iniciarán acciones penales si no se acredita intención dolosa, incluyendo casos de diferencias interpretativas razonables o presentaciones espontáneas realizadas antes de una fiscalización. -
Extinción de la acción penal
La acción penal se extinguirá si prescriben las facultades del fisco para determinar o exigir el tributo. De este modo, si el Estado ya no puede reclamar la deuda por vía administrativa, tampoco podrá continuar la persecución penal. -
Penas por simulación de pagos
Se prevén penas de prisión de dos a seis años para quienes simulen la cancelación de obligaciones tributarias o previsionales mediante comprobantes falsos, declaraciones engañosas u otros mecanismos fraudulentos, cuando se superen determinados umbrales económicos. -
Actualización anual de montos
A partir del 1 de enero de 2027, los importes previstos en el régimen penal tributario y en el sistema simplificado se actualizarán anualmente según la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA). La administración tributaria deberá publicar los valores vigentes cada año. -
Cambios en prescripción y procedimientos
Para contribuyentes cumplidores, el plazo de prescripción se reduce de cinco a tres años, siempre que no existan inconsistencias relevantes. Para no inscriptos, se mantiene en diez años. Además, se elimina la suspensión automática de la prescripción por el inicio de determinaciones de oficio. -
Reducción de multas administrativas
Se establece un esquema de reducción de multas para personas humanas y pymes, con rebajas de hasta el 90%, excluyendo a los grandes contribuyentes. -
Declaración jurada simplificada de Ganancias
Se crea un régimen opcional para personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones. En este esquema, el organismo recaudador confeccionará la declaración sobre la base de la información disponible. -
Impacto indirecto sobre los ahorros no declarados
El proyecto no incluye un blanqueo, pero al eliminar la obligación de informar la evolución patrimonial en el régimen simplificado y limitar el uso de presunciones automáticas, podría reducir el riesgo de fiscalizaciones por incrementos patrimoniales no justificados, aunque se mantiene la facultad de control ante inconsistencias.





