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ARCA volvió a prorrogar Ganancias: hasta cuándo se podrá presentar la declaración jurada

  • por PERIODISTA 360
  • 25 de agosto, 2026

La medida alcanza a los contribuyentes del régimen general y a quienes están adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió nuevamente el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La nueva fecha límite será el 22 de septiembre de 2026, según lo establecido por una resolución publicada este martes.

La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5890/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza tanto a los contribuyentes que tributan bajo el régimen general como a quienes están adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

El nuevo vencimiento reemplaza al que había sido fijado previamente para el 27 de agosto. Sin embargo, la prórroga se aplica únicamente a la presentación de la declaración jurada y no modifica el plazo para pagar el saldo del impuesto, que había vencido el 27 de julio.

De esta manera, quienes todavía tengan pendiente la presentación correspondiente al período fiscal 2025 podrán realizarla hasta el martes 22 de septiembre, aunque el eventual saldo a pagar debía ser ingresado previamente.

Qué otros vencimientos modificó ARCA

El calendario de Ganancias ya había sufrido varias modificaciones durante el año. En una primera instancia, el organismo había extendido hasta el 27 de julio tanto la presentación de las declaraciones juradas como el pago de los saldos correspondientes.

Posteriormente, ARCA otorgó un nuevo período adicional hasta el 27 de agosto para presentar la declaración de Ganancias correspondiente a 2025, aunque mantuvo sin cambios la fecha límite para el pago.

Ahora, la nueva resolución vuelve a extender el plazo para completar la presentación y lo lleva hasta septiembre.

La normativa establece que la decisión fue adoptada por “razones de administración tributaria”, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes alcanzados.

Además, la disposición introdujo un cambio en el calendario correspondiente al período fiscal 2026. ARCA postergó hasta el 24 de septiembre de 2026 el vencimiento del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias, que originalmente debía ingresarse durante agosto.

Así, el calendario tendrá dos vencimientos vinculados con Ganancias durante septiembre:

  • 22 de septiembre: presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025.
  • 24 de septiembre: pago del primer anticipo correspondiente al período fiscal 2026.

Qué pasa con Bienes Personales

La nueva resolución no modificó los vencimientos correspondientes al Impuesto sobre los Bienes Personales.

Tanto la presentación de la declaración jurada como el pago del eventual saldo correspondiente al período fiscal 2025 conservaron como fecha límite el 27 de julio de 2026.

La Resolución General 5890/2026 fue firmada por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, y entró en vigencia este martes, luego de su publicación en el Boletín Oficial.

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