El nuevo proyecto además redefine reglas de contratación, despidos y aportes.
Tras un extenso debate en el Senado de la Nación Argentina, el Congreso aprobó la reforma laboral impulsada por el Poder Ejecutivo. La norma introduce modificaciones en la registración del empleo, el régimen indemnizatorio, los aportes sindicales y patronales, la organización del tiempo de trabajo y el cumplimiento de sentencias judiciales.
El nuevo marco regulatorio apunta a reducir costos laborales, promover la formalización y generar incentivos a la inversión. Su aplicación efectiva quedará sujeta a la reglamentación que dicte el Ejecutivo.
Registro laboral digital y pago obligatorio por banco
Uno de los cambios centrales es la simplificación de la registración laboral. El alta ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente para acreditar la relación laboral, sin necesidad de trámites adicionales ante otros organismos.
Además, se habilita la digitalización de los libros laborales, que tendrán plena validez legal y deberán conservarse durante diez años.
En cuanto al pago de salarios, la ley establece que deberá realizarse exclusivamente a través de entidades bancarias o instituciones oficiales de ahorro. Queda expresamente prohibido el pago mediante billeteras virtuales.
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Banco de horas y cambios en las vacaciones
La norma habilita la creación de un banco de horas mediante acuerdos escritos entre empleadores y trabajadores. Este mecanismo permitirá compensar horas extraordinarias con descansos, respetando los límites legales de jornada y pausas obligatorias.
En materia de vacaciones, se mantiene el período general entre octubre y abril, aunque las partes podrán acordar su goce fuera de ese lapso. También se autoriza el fraccionamiento en tramos de al menos siete días consecutivos.
Límites a aportes sindicales y patronales
La reforma fija topes a los aportes establecidos en convenios colectivos.
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Los aportes patronales a cámaras empresarias no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y serán voluntarios desde enero de 2028.
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Los aportes a asociaciones de trabajadores no podrán exceder el 2%, tanto para afiliados como no afiliados.
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Se mantiene el 6% destinado a obras sociales.
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Se elimina la posibilidad de que el empleador retenga cuotas sindicales sin consentimiento expreso del trabajador.
Período de prueba más largo
El período de prueba se amplía a seis meses en general y hasta ocho meses en empresas de hasta cinco empleados.
Durante ese plazo, el vínculo podrá extinguirse sin indemnización por antigüedad. No obstante, el empleador deberá registrar al trabajador desde el inicio y cumplir con todas las obligaciones previsionales.
Fin de multas por empleo no registrado
La ley elimina las sanciones previstas en la Ley 24.013 por falta de registración o registración deficiente.
En su lugar, se establece un régimen de incentivos para la regularización. Los empleadores que blanqueen personal no deberán pagar multas, aunque sí deberán abonar diferencias salariales y previsionales adeudadas.
Nuevo esquema indemnizatorio
La indemnización por despido sin causa se calculará exclusivamente sobre la remuneración mensual, normal y habitual. Quedan excluidos conceptos no mensuales como el aguinaldo y las vacaciones.
El texto dispone que la indemnización será la única reparación derivada del despido y que los créditos laborales se actualizarán por IPC más un 3% anual.
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Fondo de Asistencia Laboral y fondos de cese
La ley crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que se financiará con aportes obligatorios de los empleadores:
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1% de las remuneraciones para grandes empresas.
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2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas.
El Poder Ejecutivo podrá ampliar esos porcentajes con aval legislativo.
Además, los convenios colectivos podrán establecer fondos de cese laboral bajo un sistema de capitalización individual, en reemplazo de la indemnización tradicional, siempre que se acuerde en paritarias y no implique pérdida de derechos adquiridos.
Reducción de cargas sociales e incentivo a la inversión
La reforma incluye una reducción de contribuciones patronales:
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Un punto porcentual para grandes empresas.
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2,5 puntos para MiPyMEs.
En ese marco, se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), orientado a fomentar la incorporación de tecnología y la expansión empresarial.
Sentencias laborales podrán pagarse en cuotas
Las empresas grandes podrán cancelar condenas firmes en hasta seis cuotas mensuales consecutivas. Para MiPyMEs y empleadores individuales, el plazo será de hasta doce cuotas.
Con estos cambios, la reforma laboral redefine las condiciones de contratación, desvinculación y organización del trabajo en el sector privado, estableciendo un nuevo esquema que comenzará a regir una vez reglamentado.





