El nuevo esquema reemplaza el régimen vigente desde 1980, que establecía la inimputabilidad de los menores de 16 años.
A partir de este sábado comienza a regir en Argentina el nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece un cambio en la edad a partir de la cual los adolescentes pueden ser considerados penalmente responsables por la comisión de delitos.
La nueva normativa establece que las personas mayores de 14 años podrán ser sometidas a un proceso penal por los delitos previstos en el Código Penal. Sin embargo, los adolescentes continuarán bajo un régimen especial, diferente al de los adultos, que contempla medidas específicas de sanción, seguimiento y resocialización.
El nuevo esquema reemplaza el régimen vigente desde 1980, que establecía la inimputabilidad de los menores de 16 años. Su aplicación tendrá alcance nacional y supone modificaciones tanto en las penas como en el tratamiento de las causas judiciales.
Qué penas contempla el nuevo régimen
La normativa establece que las sanciones aplicadas a adolescentes deberán estar orientadas no solo a determinar su responsabilidad por el hecho cometido, sino también a favorecer su educación, resocialización e integración social.
Entre las principales modificaciones se encuentra la prohibición de aplicar penas de reclusión o prisión perpetua a menores de edad. Además, el máximo de una pena privativa de la libertad será de 15 años.
El régimen también contempla la posibilidad de acceder a la libertad condicional, aunque para ello deberán cumplirse al menos dos tercios de la condena y las demás condiciones establecidas por la legislación.
La entrada en vigencia del sistema tampoco significa que todos los adolescentes que cometan un delito serán privados de su libertad. La ley incorpora distintas alternativas, especialmente para determinados casos en los que las penas previstas sean superiores a tres años y de hasta diez años.
Cuáles son las medidas alternativas
Entre las herramientas previstas aparecen las restricciones de acercamiento, la reparación del daño ocasionado a la víctima, las reglas de conducta y la participación obligatoria en actividades educativas o comunitarias.
También se incorpora la amonestación, que consiste en un llamado de atención formal al adolescente y puede estar acompañada por otras medidas previstas dentro del régimen.
Otra de las novedades es el monitoreo electrónico, que podrá utilizarse para controlar el cumplimiento de determinadas medidas o sanciones.
Cómo será el alojamiento de los adolescentes
Cuando corresponda la privación de la libertad, los adolescentes deberán permanecer en instituciones especialmente acondicionadas para ese fin y contar con personal especializado.
La normativa establece además que los menores no podrán compartir espacios de encierro con personas mayores de edad. El alojamiento podrá concretarse en institutos abiertos, establecimientos especializados de detención o, en determinados casos, bajo arresto domiciliario.
Al mismo tiempo, continuará vigente la protección de la identidad de los adolescentes involucrados en causas penales. No podrán difundirse sus nombres, apodos, datos de filiación, parentesco, domicilio ni imágenes que permitan identificarlos.
Qué participación tendrán las víctimas
El nuevo régimen también amplía la intervención de las víctimas dentro del proceso judicial. Podrán participar en el trámite de la causa y recibir información sobre su avance.
Además, la normativa establece la responsabilidad civil de los padres de los niños, niñas y adolescentes sometidos a un proceso penal por los daños derivados de los hechos ilícitos que se les atribuyan.
El desafío de implementar el nuevo sistema
Uno de los principales interrogantes está relacionado con la capacidad del sistema judicial para absorber el aumento de causas que podría producirse a partir de la reducción de la edad de imputabilidad.
En distintos juzgados especializados existen dudas sobre la disponibilidad de recursos humanos, infraestructura y dispositivos necesarios para aplicar el nuevo régimen en todo el país.
También persisten interrogantes vinculados con la cantidad de dispositivos de monitoreo electrónico disponibles, la incorporación de supervisores especializados y la coordinación entre la normativa nacional y los distintos sistemas procesales provinciales.
Para poner en marcha el régimen, el Congreso de la Nación estableció una partida de $23.739.155.303,08 destinada a financiar su implementación.
Mientras algunas provincias ya avanzaron con protocolos, mesas de trabajo y proyectos para adaptar sus sistemas, a nivel nacional continúan las conversaciones entre el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal para establecer criterios de aplicación del nuevo régimen.





