La Justicia responsabilizó a la estación de servicio por los daños y la falta de una solución efectiva.
Un juzgado en lo Civil y Comercial de Pergamino condenó a una estación de servicio a pagar $7.010.000 más intereses a un cliente cuyo Renault Clio diésel recibió nafta por error. La sentencia consideró probado que la empresa incumplió sus obligaciones como proveedora y debía responder por los daños ocasionados en el vehículo.
El hecho ocurrió el 15 de octubre de 2022, cuando el conductor, que tenía 26 años, se presentó en el establecimiento para cargar gasoil por un valor de $2.000. Sin embargo, un empleado despachó nafta en lugar del combustible solicitado. Después de pagar, el automóvil comenzó a presentar fallas y se detuvo a pocos metros del surtidor.
Según la reconstrucción judicial, el playero reconoció que se había equivocado. El vehículo fue trasladado sin encender el motor hasta un taller mecánico cercano, donde se realizaron algunas tareas. No obstante, cuando el conductor retomó la marcha, el motor volvió a fallar después de avanzar aproximadamente una cuadra y dejó de funcionar.
El juzgado valoró el comprobante de pago, los testimonios y una pericia mecánica para determinar cómo ocurrió el episodio. El informe técnico explicó que la nafta en un motor diésel puede provocar daños en el sistema de inyección debido a la falta de lubricación. También detalló que una reparación adecuada puede requerir vaciar el tanque, limpiar el circuito, cambiar filtros y, según el caso, reemplazar inyectores y la bomba de combustible.
La empresa demandada negó su responsabilidad y cuestionó los daños reclamados. Sin embargo, el magistrado consideró que no presentó pruebas suficientes para demostrar que el cliente hubiera provocado las fallas o que estas respondieran a una causa diferente de la carga equivocada. La sentencia también señaló que el uso del vehículo durante una cuadra después de pasar por el taller no interrumpía la relación entre el error y los desperfectos.
El reclamo judicial había sido presentado en septiembre de 2024 e incluyó daños materiales, perjuicios por no poder utilizar el automóvil, daño moral y daño punitivo. El fallo reconoció $3.500.000 por los daños materiales, $210.000 por la indisponibilidad del vehículo y $1.800.000 por daño moral.
Además, impuso una multa civil de $1.500.000 por daño punitivo, al considerar que la empresa no brindó una respuesta efectiva frente al reclamo. El juez encuadró el caso dentro de una relación de consumo y destacó la obligación del proveedor de prestar un servicio adecuado y prevenir daños.
La condena deberá abonarse dentro de los diez días posteriores a la notificación de la sentencia. Los montos tendrán intereses desde el 15 de octubre de 2022, con un cálculo diferenciado para el daño material. Las costas del juicio quedaron a cargo de la estación de servicio.





