Con respecto a los haberes previonales, fijaron que la mínima para jubilados y pencionados pasará a ser de $419.775,93.
El Gobierno oficializó los nuevos valores de las jubilaciones, pensiones y asignaciones que regirán desde agosto de 2026, luego de aplicar la actualización correspondiente a la variación de la inflación de junio. Además, confirmó el pago de un bono extraordinario de hasta $70.000 para jubilados y pensionados.
De acuerdo con la Resolución 232/2026, publicada en el Boletín Oficial, el haber mínimo previsional quedó establecido en $419.775,93, mientras que el haber máximo mensual alcanzará los $2.824.694,49.
También se actualizaron las bases imponibles mínima y máxima para los aportes previsionales, que desde el período devengado agosto de 2026 serán de $141.380,42 y $4.594.798,23, respectivamente.
En paralelo, la Prestación Básica Universal (PBU) se ubicará en $192.028,32, mientras que la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de $335.820,74 mensuales.
Bono de $70.000 para jubilados
A través del Decreto 686/2026, el Poder Ejecutivo confirmó además el pago de un bono extraordinario previsional de hasta $70.000.
El beneficio será percibido en su totalidad por quienes cobren un haber igual o inferior al mínimo previsional. En el caso de quienes superen ese monto, recibirán la suma necesaria para alcanzar el tope definido por el Gobierno.
El bono tendrá carácter no remunerativo, no estará sujeto a descuentos y tampoco será computado para otros conceptos previsionales.
Este mecanismo se mantiene desde 2024, cuando el Gobierno comenzó a otorgar un refuerzo extraordinario con el objetivo de complementar los ingresos de jubilados y pensionados.
Desde julio de ese año, las jubilaciones y pensiones se actualizan mensualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Para esta actualización se tomó en cuenta la inflación de junio, que fue del 1,89%.
Nuevos valores de las asignaciones familiares
La Resolución 233/2026 también estableció los nuevos límites de ingresos y los montos de las asignaciones familiares que comenzarán a regir en agosto.
El Gobierno determinó que los grupos familiares con ingresos superiores a $3.092.203 quedarán excluidos del cobro de las asignaciones familiares.
En el caso de la asignación por hijo, los montos quedaron establecidos de la siguiente manera:
- Ingreso del grupo familiar (IGF) de hasta $1.167.863: $75.433.
- IGF de $1.167.863,01 a $1.712.784: $50.884.
- IGF de $1.712.784,01 a $1.977.464: $30.777.
- IGF de $1.977.464,01 a $6.184.406: $15.881.
Para la asignación por hijo correspondiente a la zona 1, los valores serán de $75.433, $67.201, $60.571 y $31.048, según el tramo de ingresos.
La asignación por hijo con discapacidad será de $245.597 para ingresos familiares de hasta $1.167.863; de $173.745 para ingresos de entre $1.167.863,01 y $1.712.784; y de $109.656 para ingresos superiores a ese último monto.
En la zona 1, los valores para hijo con discapacidad serán de $245.597, $236.906 y $228.093, respectivamente.
Otros beneficios
La asignación prenatal tendrá los mismos valores que la asignación por hijo, de acuerdo con cada tramo de ingresos. Para la zona 1, los montos también serán de $75.433, $67.201, $60.571 y $31.048.
En tanto, la asignación por nacimiento será de $87.926, la de adopción de $525.682 y la de matrimonio de $131.652.
La ayuda escolar anual tendrá un valor general de $55.672 y de $74.257 para la zona 1. Para hijos con discapacidad, se mantendrán esos mismos importes.
La asignación por cónyuge será de $18.304 en el valor general y de $36.312 para la zona 1.
Asignación Universal para Protección Social
También se actualizaron los montos correspondientes a la Asignación Universal para Protección Social.
La asignación por hijo y por embarazo será de $150.848 en el valor general y de $196.103 para la zona 1.
Para la asignación por hijo con discapacidad, el monto será de $491.173 en el valor general y de $638.525 para la zona 1.
Por su parte, las asignaciones por nacimiento y adopción mantendrán los mismos valores establecidos para el régimen general: $87.926 y $525.682, respectivamente. La ayuda escolar anual será de $55.672, tanto para el valor general como para la zona 1.
La zona 1 comprende La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, la Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido bonaerense de Patagones. Las zonas 3 y 4 alcanzan determinadas regiones de provincias como Santa Cruz, Tierra del Fuego, Catamarca, Jujuy y Salta, de acuerdo con la normativa vigente.





