La medida exige abstenerse de iniciar o continuar obras vinculadas con la explotación de hidrocarburos en el archipiélago.
La Justicia Federal frenó de manera cautelar el avance del proyecto petrolero Sea Lion, ubicado al norte de las Islas Malvinas, y ordenó a las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited abstenerse de iniciar o continuar obras vinculadas con el emprendimiento.
La medida fue dictada por la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, a partir de una presentación realizada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados, Abogadas y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA).
El fallo establece que las compañías deberán detener los actos materiales relacionados con Sea Lion hasta que se realice el correspondiente procedimiento de evaluación de impacto ambiental ante la autoridad nacional competente, salvo que el propio juzgado disponga posteriormente otra medida.
La resolución alcanza tanto las tareas de perforación como la instalación de infraestructura submarina y el eventual comienzo de la extracción comercial de hidrocarburos.
Qué obras quedan alcanzadas por la medida
La orden judicial comprende la posibilidad de iniciar, continuar, ejecutar o hacer ejecutar actos materiales vinculados con Sea Lion y sus eventuales ampliaciones. Entre ellos se encuentran la perforación del lecho y subsuelo marino, la instalación de infraestructura submarina y el tendido de conductos, líneas de flujo y sistemas de control.
También quedaron incluidos la instalación y puesta en funcionamiento de unidades flotantes de producción, almacenamiento y descarga, el comienzo de la extracción comercial y distintas obras terrestres y portuarias de apoyo.
En este último grupo aparecen ampliaciones portuarias, bases logísticas, plantas para preparar lodos de perforación y cemento, depósitos de productos químicos, infraestructura habitacional y estructuras destinadas al apoyo aeronáutico.
Para la jueza, la necesidad de una evaluación ambiental se encuentra vinculada con el estado actual del proyecto. La resolución sostiene que Sea Lion habría superado la etapa de planificación y entrado en ejecución, a partir de distintos elementos incorporados al expediente.
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Entre ellos, Borruto mencionó la Decisión Final de Inversión de diciembre de 2025, la ampliación anunciada hacia un pozo adyacente y la contratación de una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, además de equipos y servicios de perforación.
La magistrada consideró que el riesgo ambiental no era hipotético y que esperar a que las intervenciones estuvieran terminadas podía tornar ineficaz una eventual decisión judicial posterior.
Al mismo tiempo, el fallo aclaró que la cautelar no determina que el proyecto vaya a producir un daño ambiental. La decisión se fundamenta, de manera preliminar, en la falta de un procedimiento de evaluación ambiental ante autoridades argentinas que permita identificar posibles impactos y establecer medidas de prevención o mitigación.
Según un informe de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente, fechado el 24 de febrero de 2026, no se había presentado ningún aviso de proyecto ni iniciado una evaluación de impacto ambiental con las empresas demandadas.
El proyecto petrolero y el reclamo por la soberanía
La demanda también plantea posibles impactos derivados de un desarrollo que contempla 23 pozos: 16 productores de petróleo, seis de inyección de agua y uno remoto de inyección de gas.
El expediente menciona además infraestructura submarina, equipos de control, líneas de flujo, una unidad móvil de perforación y embarcaciones auxiliares. Entre los posibles impactos señalados aparecen alteraciones del lecho marino, contaminación química, ruido submarino, descargas operativas, tránsito marítimo, afectación de fauna, emisiones y eventuales derrames.
La jueza aclaró que la existencia de esos elementos no demuestra que cada uno de esos impactos vaya a producirse, pero consideró que resultan suficientes para adoptar una medida preventiva frente a una actividad con potencial para generar modificaciones ambientales relevantes.
El reclamo también fue analizado desde la cuestión de la soberanía sobre las Islas Malvinas. Al reconocer de manera provisoria la legitimación del CECIM, Borruto sostuvo que el planteo excede una discusión exclusivamente ambiental y que también involucra la defensa de la soberanía nacional, considerada en la resolución como un bien colectivo.
Las empresas deberán informar el estado de Sea Lion
Además de frenar las obras, el juzgado ordenó a Rockhopper y Navitas presentar, dentro de los diez días judiciales posteriores a la notificación, una declaración jurada con documentación sobre el estado actual del proyecto.
Las compañías deberán informar el cronograma previsto para las tareas de construcción, perforación, instalación y comienzo de la explotación. También tendrán que precisar la cantidad y ubicación de los pozos, la situación de las unidades flotantes y los equipos contratados, además de los principales contratistas y subcontratistas.
La medida alcanza también información sobre la estructura societaria, financiamiento, entidades financieras, desembolsos, aseguradoras y reaseguradoras vinculadas con el emprendimiento.
El juzgado exigió además preservar toda la documentación técnica, ambiental, societaria, contractual, financiera y asegurativa relacionada con Sea Lion.
Por el momento, Borruto no hizo lugar a un pedido para prohibir de manera general nuevos contratos de financiamiento, transferencias, desembolsos, aportes de capital, préstamos entre empresas vinculadas y constitución de garantías. La magistrada consideró que una restricción de ese alcance podía involucrar operaciones y terceros que todavía no estaban suficientemente individualizados.
Una vez que las empresas presenten la información solicitada, el juzgado deberá definir si mantiene, modifica, amplía o deja sin efecto la medida cautelar.
Una investigación penal paralela en Comodoro Py
En paralelo al expediente de Río Grande, el Juzgado Federal N° 11 de Comodoro Py comenzó a tramitar una investigación penal contra Desire Petroleum Limited, a partir de un requerimiento del fiscal federal Carlos Stornelli.
La causa se inició luego de una denuncia presentada por la Cancillería, con la asistencia de la Procuración del Tesoro, y busca determinar si se realizaron actividades de exploración o explotación de hidrocarburos en zonas próximas a las Islas Malvinas sin autorización argentina.
Se trata de un proceso diferente al expediente ambiental de Río Grande. Mientras la causa fueguina tiene un carácter civil y preventivo, la investigación de Comodoro Py apunta a determinar si existieron posibles delitos vinculados con actividades hidrocarburíferas.
El juzgado pidió a la Secretaría de Energía información sobre Desire Petroleum, su composición accionaria, sus autoridades actuales y anteriores y los actos vinculados con las actividades denunciadas. También solicitó documentación a la Cancillería, la Jefatura de Gabinete, el Ministerio de Seguridad, la Procuración del Tesoro y la Procuración General.
Entre las medidas ordenadas figura un exhorto al Reino Unido para obtener información societaria de Desire Petroleum, su integración directiva y representación legal desde 2012, además de antecedentes sobre posibles licencias hidrocarburíferas.
La misma información deberá ser recabada respecto del denominado grupo Rockhopper. El tribunal también solicitó información bancaria relacionada con la explotación comercial y con las personas que pudieron haber actuado en representación o beneficio de las compañías.
Ambos expedientes continúan en etapas iniciales y ninguna de las dos resoluciones define todavía el fondo de las cuestiones planteadas.





