La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto para los contribuyentes del régimen general como para quienes adhirieron al Régimen.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este lunes una modificación en el calendario del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. A través de la Resolución General 5876/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo extendió el plazo para presentar las declaraciones juradas hasta el 27 de agosto, aunque mantuvo sin cambios la fecha límite para el pago del tributo, que continuará siendo el 27 de julio.
La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto para los contribuyentes del régimen general como para quienes adhirieron al Régimen de Declaración Jurada Simplificada. La decisión había sido anticipada el viernes pasado luego de una reunión entre el ministro de Economía, Luis Caputo, y representantes de estudios contables, quienes solicitaron más tiempo para confeccionar las declaraciones del ejercicio 2025.
Qué cambia y qué impuestos mantienen el calendario original
ARCA aclaró que la prórroga solo alcanza a la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias. En cambio, el calendario de Bienes Personales y del Impuesto Cedular no sufrió modificaciones, por lo que tanto la presentación como el pago de esos tributos seguirán venciendo el 27 de julio.
La resolución también modificó el cronograma del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026. Ese pago, previsto originalmente para agosto, se realizará entre el 14 y el 16 de septiembre, según la terminación de la CUIT. La reprogramación responde a que el anticipo se calcula sobre la declaración del período anterior, cuyo vencimiento fue trasladado a fines de agosto.
La decisión, sin embargo, generó cuestionamientos entre especialistas tributarios. Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, sostuvo que mantener el vencimiento del pago antes de la presentación de la declaración jurada altera la lógica del sistema, ya que el contribuyente recién conoce el saldo definitivo al confeccionar la declaración. Según explicó, una alternativa técnicamente más adecuada hubiera sido establecer un anticipo adicional para evitar esa situación.
Desde el Gobierno argumentaron que la decisión de no postergar el pago responde al impacto fiscal que tendría una prórroga, ya que el Impuesto a las Ganancias es coparticipable y una demora en su recaudación también afectaría los ingresos de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires. En paralelo, el Ejecutivo anticipó que enviará al Congreso una reforma de la Ley de Inocencia Fiscal con cambios sugeridos por entidades profesionales, mientras algunos tributaristas advirtieron que el nuevo esquema podría generar incertidumbre para quienes buscan acceder a los beneficios del régimen simplificado.





