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Casación confirmó las condiciones de la prisión domiciliaria de Cristina Kirchneró las condiciones de la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner

  • por PERIODISTA 360
  • 26 de junio, 2026

La Sala IV rechazó por mayoría el recurso de la defensa de la ex presidenta y confirmó las condiciones de su prisión domiciliaria.


La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este viernes, por mayoría, las condiciones bajo las cuales la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner cumple su condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria. La Sala IV resolvió mantener el uso de la tobillera electrónica, el régimen de visitas con autorización judicial previa y las restricciones para acceder a la terraza del edificio ubicado en San José 1111, en el barrio porteño de Constitución.

La decisión fue adoptada por los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, mientras que Mariano Borinsky votó en disidencia y propuso dejar sin efecto las tres medidas cuestionadas por la defensa de la ex mandataria.

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Cristina Kirchner cumple desde el 17 de junio de 2025 una condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en la causa Vialidad. La sentencia quedó firme luego de que la Corte Suprema rechazara el último recurso presentado por sus abogados.

La defensa, integrada por Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, había solicitado la revisión de las condiciones de detención. Entre los argumentos, sostuvo que durante el tiempo transcurrido bajo prisión domiciliaria no se registraron incumplimientos, que la ex presidenta cuenta con custodia permanente de la Policía Federal y que las restricciones impuestas son poco frecuentes en otros casos similares. El planteo incluyó el pedido para eliminar la autorización previa para recibir visitas, retirar la tobillera electrónica y dejar sin efecto las limitaciones horarias para el uso de la terraza.

En el voto mayoritario, Hornos consideró que las medidas impuestas forman parte de las facultades de control y supervisión del juez de ejecución y no constituyen una pena adicional. También sostuvo que el cumplimiento de las reglas de conducta durante el último año no implica, por sí solo, la necesidad de flexibilizar las condiciones de la prisión domiciliaria.

Respecto del monitoreo electrónico, el magistrado afirmó que la tobillera cumple una función distinta a la custodia policial. Según explicó, mientras la custodia tiene como finalidad proteger la integridad física de la ex presidenta, el dispositivo controla el cumplimiento de la modalidad de detención y permite detectar cualquier salida no autorizada del domicilio.

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En disidencia, Borinsky consideró que las restricciones debían ser levantadas. El juez sostuvo que la autorización judicial previa para las visitas carece de respaldo normativo específico, que la custodia permanente reduce el riesgo de fuga y vuelve innecesaria la tobillera electrónica, y que no existen fundamentos suficientes para mantener las limitaciones impuestas al uso de la terraza. No obstante, la mayoría de la Sala IV confirmó la resolución del Tribunal Oral Federal 2 y dejó firmes las actuales condiciones de la prisión domiciliaria.

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